Legislacíon etiquetado

El etiquetado de los productos es obligatorio y proviene directamente de dos derechos del consumidor: derecho a la seguridad y derecho a la información.
Una de las funciones más importantes del etiquetado es identificar el responsable del producto, que puede ser el fabricante, el distribuidor, el vendedor, el importador o incluso el marquista.


Datos generales de la etiqueta

En las etiquetas siempre debe constar:

• El nombre genérico del producto
• La identificación del responsable del producto, es decir, los datos del fabricante, distribuidor, vendedor, importador o marquista. Es un requisito necesario para saber a quien se puede reclamar
• Las instrucciones de uso y la advertencia de riesgos previsibles



El etiquetado alimentario

La etiqueta de los productos alimentarios debe estar presente en el envase y no debe inducir a error al consumidor. Los datos de las características del producto, el origen, la composición, la forma de obtención y la caducidad deben ser muy claras. No se permite atribuir al producto alimentario propiedades que no tengan, de tipo terapéutico (salvo algunas excepciones), ni destacar propiedades especiales si todos los productos de su tipo las tienen.

La etiqueta de los productos alimentarios debe indicar, como mínimo:
        • La denominación de venta del producto
        • Los ingredientes y el peso que tienen en el producto, en orden decreciente
        • El porcentaje de alcohol, si su volumen supera el 1,2%
        • La fecha de duración mínima o fecha de caducidad de los productos muy perecederos
        • El peso o la cantidad neta en la mayoría de productos envasados (l, cl, ml, kg, g...)
        • Las condiciones de obtención y de tratamiento del producto (si contiene ingradientes modificados genéticamente o irradiados, productos envasados en atmósfera protectora...)
        • Las condiciones especiales de conservación y utilización
        • La manera de consumir el producto
        • La identificación del lote del producto
        • El país de origen del producto cuando sea de fuera de la Unión Europea
        • La identificación de la empresa (nombre, razón social o denominación del fabricante o envasador) o el de un vendedor establecido en la Unión Europea con su domicilio
        • En algunos productos, como la fruta envasada, debe indicarse el número de registro sanitario del envasador
        • El código de los aditivos. Actualmente no es necesario incluir el nombre completo de los aditivos, pero próximamente existirá la obligación de detallar las sustancias que puedan ser perjudiciales para determinadas enfermedades o alergias de los consumidores (azúcar, gluten, etc.)



El etiquetado de los productos textiles

Los productos textiles deben estar correctamente etiquetados y deben incluir obligatoriamente la información siguiente:

        • El nombre, la dirección y el NIF del fabricante, comerciante o importador
        • En los productos fabricados en España deben constar el número de registro industrial del fabricante
        • La composición del producto, en los artículos de confección y de punto textil (algodón, lana, etc.). La etiqueta debe ser de un material resistente, preferentemente de naturaleza textil, debe estar cosida o fijada en la misma pieza de forma permanente, y debe tener la misma vida útil
        • Cuando el producto textil se vende envuelto, la etiqueta debe constar en la envoltura, excepto si ésta permite ver la prenda claramente desde el exterior

El etiquetado del calzado
La etiqueta del calzado debe informar sobre el material utilizado en la fabricación de todas las partes del calzado: el empeine, el forro, y la plantilla y suela.
La etiqueta debe ser visible y estar bien fijada, como mínimo en un zapato de cada pareja, y no puede inducir a error. La etiqueta debe indicar el material que represente al menos el 80% de la composición de las distintas partes del calzado y, si ningún material no representa este mínimo, debe indicar los dos materiales principales del calzado.

El etiquetado de los juguetes

Entre las indicaciones que los juguetes deben llevar hay unos datos mínimos obligatorios:
        • La marca CE, que significa que el producto es seguro porque cumple las exigencias de las normas de la Unión Europea
        • El nombre y la marca del producto
        • La razón social y la dirección del fabricante o importador
        • Las instrucciones y advertencias de uso
        • Los juguetes de funcionamiento eléctrico deben especificar su potencia máxima, la tensión de alimentación que necesitan y su consumo energético
Es necesario que estos datos estén visibles en el embalaje o en el mismo juguete.
Hay algunas advertencias que a menudo acompañan determinados juguetes y que hay que tener presente:
        • En el caso de juguetes muy pequeños, debe advertirse que no son adecuados para menores de 3 años
        • Cometas y juguetes voladores: debe advertirse que no se puede jugar cerca de las líneas eléctricas
        • Juguetes que reproducen equipos de protección, como cascos, gafas y máscaras: debe advertirse que no proporcionan ninguna protección en caso de accidente
        • Juguetes náuticos: debe advertirse que solamente hay que utilizarlos en el agua cuando el niño pueda estar de pie y siempre que esté bajo vigilancia adulta. En el caso de los artículos hinchables que no sean flotadores, debe indicarse que no se pueden utilizar como flotadores
        • Patines y patinetes: debe advertirse que hay que llevar equipo protector
        • Juegos de experimentos químicos: dirigidos solamente a niños mayores de 10 años; deben advertir que contienen sustancias peligrosas



La etiqueta ecológica

Las etiquetas ecológicas identifican y certifican, de forma oficial, que los productos o servicios que acompañan son respetuosos con el medio ambiente.
Las características que deben cumplir los productos y servicios que tienen la etiqueta ecológica se basan en estudios científicos y en el impacto del producto a lo largo de su vida útil. Por esto, se tienen presente las materias primas, el consumo de agua y de energía, la contaminación del agua, las emisiones en la atmósfera y la generación de residuos, entre otros.
El organismo competente para gestionarla y otorgarla es la administración de cada comunidad autónoma. Sin embargo, las comunidades pueden tener sus propios distintivos de garantía de calidad ambiental que acompañan esta etiqueta.

         Productos o servicios que pueden tener la etiqueta ecológica

                  • Equipamientos y material de oficina y del hogar: ordenadores de sobremesa, ordenadores portátiles, papel para escribir y otros productos de papel y cartón
                  • Higiene y limpieza doméstica: detergentes para vajilla (a mano y a máquina), detergentes para lavadoras, productos para la limpieza del hogar en general, papel tisú (papel higiénico, papel de cocina, etc.) y bolsas de basura
                  • Electrodomésticos: lavadoras, lavavajillas, frigoríficos, etc
                  • Productos textiles y calzado: ropa de vestir y para la decoración, colchones, productos de cuero y calzado
                  • Materiales de bricolaje y jardinería: pinturas y barnices, iluminación eléctrica, productos de plástico, cartón, corcho, etc
                  • Aceites regenerados y productos que se incorporan
                  • Calderas de calefacción y agua caliente sanitaria
                  • Productos y sistemas de ahorro de agua
                  • Materiales compuestos
                  • Servicios de alojamiento turístico: hoteles, campings, instalaciones de juventud y residencias

           Recomendaciones

                  • Dar preferencia a los productos y servicios que tienen el distintivo de garantía de calidad ambiental o la etiqueta ecológica de la Unión Europea

                 • Preguntar al vendedor o fabricante por qué un producto o un servicio no lleva el distintivo de garantía de calidad o etiqueta ecológica de la UE



El etiquetado energético

La etiqueta energética es la que figura en los electrodomésticos y que informa sobre el consumo de energía y otros recursos esenciales, así como también sobre datos complementarios relativos a cada tipo de aparato, de manera que el consumidor, cuando adquiere un electrodoméstico, pueda escoger el más adecuado a sus necesidades y posibilidades.

Actualmente, este tipo de información se puede encontrar en las lavadoras, frigoríficos, congeladores y frigoríficos congeladores de uso doméstico, siempre que estos aparatos se alimenten por la red eléctrica. Progresivamente se debe imponer en otros electrodomésticos, como lavavajillas, calentadores, fuentes de luz y aparatos de aire acondicionado.

Esta etiqueta está dividida en cuatro zonas que recogen, respectivamente:

                  • Los datos relativos al fabricante y al modelo de electrodoméstico

                  • La clase de eficiencia energética del aparato, indicada con flechas de diversos colores y diversas letras. La letra A significa la máxima eficacia, mientras que la G la mínima posible. Si el aparato ha obtenido la etiqueta ecológica europea, el símbolo que lo indica puede estar en esta zona

                 • Los datos específicos para cada tipo de electrodoméstico

                 • El ruido que el aparato emite mientras funciona, medido en decibelios y siempre que sea necesario indicarlo

Hay que pensar que la mayor parte de la energía que se produce en el mundo aún depende de fuentes energéticas agotables (carbón, petróleo, gas, etc.). Por esto debemos tener conciencia de la necesidad de ahorrar energía cuando utilizamos nuestros electrodomésticos, y una buena manera de hacerlo es siguiendo las recomendaciones indicadas por los fabricantes en los folletos de instrucciones de uso.

Recomendamos la adquisición de electrodomésticos con índices de eficiencia energética elevados, aunque su precio pueda ser superior. Compensará el ahorro energético a lo largo de la vida útil del aparato.

El marcado de la CE

Las siglas CE están presentes en una gran cantidad de productos. Indican que los productos se han fabricado siguiendo las directrices comunitarias de seguridad y atribuyen la responsabilidad de este proceso de fabricación al fabricante, a su representante en la Unión Europea o al responsable de su comercialización. Estas directrices comunitarias de seguridad están enfocadas en dos direcciones:

• Garantizar la seguridad de las personas, los animales y los bienes cuando se utilicen estos productos

• Garantizar la libre circulación del producto dentro del mercado interior de la Unión Europea

No todos los productos deben llevar esta marca, solamente aquellos por los que se han dictado las normas de seguridad concretas que les afecta, como máquinas, aparatos electrodomésticos, alimentos, etc.

INFORMACIÓN EXTRAÍDA DE LA PAGINA WEB DEL CENTRO EUROPEO DEL CONSUMIDOR EN ESPAÑA http://cec.consumo-inc.es

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